FALLO DE LA CORTE SUPREMA -
Buenos Aires, 6 de abril de 2004.
Autos y Vistos: .
De conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador General, se declara que resulta competente para seguir conociendo en las actuaciones el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N2 16, al que se le remitirán. Hágase saber al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 4 del Departamento Judicial de Morón, Provincia de Buenos Aires.
ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — AUGUSTO CÉSAR BELLUSCIO — Carlos S.
FAYT — ANTONIO BOGGIANO — ADOLFO ROBERTO VÁZQUEZ — JUAN CARLOS
MAQUEDA.
GUILLERMO GUSTAVO ONITCANSCHI v. NACION ARGENTINA
— CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION —
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES En 10 COMERCIAL
CORTE SUPREMA. .
El planteo de nulidad de la resolución de la Corte Suprema que había rechazado el recurso de avocación interpuesto contra el acuerdo de la Cámara Comercial por el cual se aprobó la lista de síndicos Clase A y B para el cuatrienio 2001/2004, no constituye ninguno de los supuestos que, de conformidad con el art. 24 del decreto-ley 1285/58, habilitan la jurisdicción del Tribunal.
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL ° Suprema Corte:
La Sra. Jueza a cargo del Juzgado Federal en lo Contencioso Administrativo se declaró incompetente para entender en la presente
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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:916
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