Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 327:6577 de la CSJN Argentina - Año: 2004

Anterior ... | Siguiente ...

legajo de actuaciones reservadas formadas en la causa N° 10.326 "Nicolaides, Cristino y otros s/sustracción de menores". Este archivo no fue impugnado por el Fiscal.

Empero, con posterioridad se agregaron en ese mismo legajo de actuaciones —ahora registrado bajo el N2 7636/00 "N.N. s/ supresión de estado civil", los expedientes números: 1835/2000 del Juzgado Federal N° 2, Secretaría N° 3; 7684/2000 del Juzgado Federal N° 7, Secretaría N° 13 -que fuera formada con testimonios de la causa Ne 3772 de la Secretaría N° 14, a la que a su vez se agregaron las causas N° 2621/2000 del Juzgado Federal N° 3, Secretaría N° 6; N° 7547/2000 del Juzgado Federal N° 4, Secretaría N° 7 y N° 3388/2000 del Juzgado Federal N° 6, Secretaría N% 12, y su acumulada N° 4807/2000 del mismo juzgado y secretaría.

22) Que todos estos expedientes fueron formados a raíz de sucesivas denuncias de Guillermo Patricio Kelly quien —entre otros hechos— también denunció a Ernestina Laura Herrera de Noble en los mismos términos que Feldmann de Jaján.

Sin embargo, el 29 de agosto de 2000, en el legajo N° 7636/00 que se había iniciado con la declaración de Jaján del 20 de noviembre de 1997 (en la que hacía referencia a hechos que podrían vincularse con los investigados en la causa N° 10.326 "Nicolaides, Cristino y otros s/ sustracción de menores", y a la que -además-— se habían acumulado todas las antes referidas en las que Kelly denunciaba lo mismo que Jaján, el "caso Noble"), el juez Bagnasco volvió a desestimar las denuncias y ordenó nuevamente el archivo. Pero esta vez hubo un cambio: el Fiscal Federal doctor Eduardo Freiler apeló el decisorio, y aunque fue mantenida la apelación ante la Excma. Cámara, ésta, con fecha 7 de noviembre de 2000, confirmó la resolución por la que se desestimaba la denuncia y se disponía el archivo.

23) Que no se puede dejar de advertir que desde septiembre de 1995 hasta abril del 2001, se denunció siempre el mismo hecho. En todos los casos se valoraron las mismas pruebas (los expedientes de guarda del Tribunal de Menores N° 1: N° 7308, "N.N. (sexo femenino) o Noble Herrera, Marcela —art. 8, Ley 4664, Ne 9149 "N.N. (sexo masculino) o Noble Herrera, Felipe —art. 8, Ley 4664—; el de adopción N° 4998 del Juzgado Civil y Comercial N° 6 de San Isidro; y las actas de nacimiento). Y siempre se adoptó el mismo temperamento: la de

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

28

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2004, CSJN Fallos: 327:6577 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-6577

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 327 Volumen: 4 en el número: 1859 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos