En virtud de ello propiciamos el rechazo de la acusación en cuanto a las imputaciones aludidas en el presente considerando.
2) Que en relación a la irregularidad descripta por la acusación vinculada con los depósitos a plazo fijo en el Banco Nación, consideramos ajustados a derecho los argumentos expresados en el voto de los doctores Basla y Sagués, los que damos por reproducidos en el presente en mérito a la brevedad. En tal sentido, proponemos la destitución del magistrado.
39) Que tratamiento aparte merece el "Caso Palomitas-Cabeza de Buey", Expediente 149/02, "Outes, Pablo Ismael c/ Integrante de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta- Dr. Lona" y su acumulado, expediente 14/03, "Botella, Álvaro Guido c/ Integrante de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta- Dr.
Ricardo Lona":
La denuncia ha sostenido que el Dr. Ricardo Lona, desempeñando el cargo de Juez Federal de Primera Instancia de Salta (cargo para el cual fue designado en 1975 y ratificado al año siguiente, para lo cual prestó juramento al estatuto del proceso de reorganización nacional); tuvo responsabilidad en el traslado, efectuado por elementos militares en las primeras horas del 6 de julio de 1976, de once detenidos en la prisión de Villa Las Rosas situada en la capital de esa provincia, que derivó en la desaparición de dos de ellos y la muerte de nueve, debiendo agregarse la de Jorge Ernesto Turk Japur. De los testimonios vertidos en expedientes judiciales y administrativos que en copia se fueron anexando a esta causa surge la convicción de que el original:
mente descripto como "combate de Palomitas-Cabeza de Buey", en realidad fue una ejecución clandestina, sumaria y masiva.
Dicho traslado fue realizado en horas de la madrugada del 6 de julio de 1976, en condiciones tales como que ni siquiera se encendieron las luces del pabellón, con el agravante de que no se les permitió llevar consigo sus pertenencias; sumándose, además, el extremo caso de que una de las detenidas fue obligada a dejar a su bebé, acreditándose que no se consideró la posibilidad de un enfrentamiento sino que el destino final de los trasladados era su ejecución.
Este hecho fue inmediatamente conocido por el Dr. Lona según surge de las declaraciones prestadas por los principales partícipes de esos hechos, coroneles Carlos Alberto Mulhall, Miguel Raúl Gentil y
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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:6550
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