tos, quería nombrarlo albacea de su sucesión. Lona aspiraba a concluir su carrera judicial sin acometer semejantes cargas" (respuesta 3").
"Entiendo que, quizás por esta razón y atento la edad de su amigo, se vio inclinado a prometerle que sería su albacea después de jubilarse.
Me parece que esa futura e inesperada actividad lo entusiasmaba, pues según me expresó, ocuparía sus días de jubilado para concretar obras de beneficencia pública" (respuesta 4").
Más adelante, al ser preguntado sobre su actuación en el asunto conocido como "Masacre de Palomitas", añadió: "Fue quien inició las investigaciones del caso a que se refiere la pregunta.
Durante el trámite de la causa, la justicia castrense cuestionó, por inhibitoria, la competencia del Juzgado Federal de Salta a cargo del Dr. Lona. La contienda fue resuelta a favor del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas en enero de 1987. Esta es la razón por la que conocí el caso, pues suscribí el respectivo fallo del Tribunal.
No observé que la actuación del Dr. Lona mereciera ningún reproche, aunque desempeñaba una competencia que no le correspondía. En cuanto a la utilidad de la prueba que reunió, en cambio, me resultó evidente que fue sumamente relevante, no obstante el reducido tiempo de que dispuso" (respuesta 6").
En segundo término, la del juez de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, Dr. Leopoldo H. Schiffrin, que dijo: "...mi concepto de la vida pública y privada del Dr. Lona, durante el tiempo de nuestro trato más estrecho, es inmejorable. Se trata de un conocimiento de su carácter, caballeresco y humano, absolutamente falto de todo tipo de hipocresía, e incluso debo recordarlo como un buen consejero en pasos de mi vida. Cuando se desempeñaba como Secretario del Juzgado del Dr. Pico lo trataba yo frecuentemente, y encontré reproducidas las mismas virtudes"; "...en los escasos encuentros posteriores, no recuerdo haber hablado en particular con él sobre el terrorismo de Estado pero doy por descontado que, dadas sus condiciones básicas de carácter, nunca pudo ser partícipe, en cualquier grado, de tales hechos"; "una parte del contacto mantenido con Ricardo Lona durante estos últimos años, se refirió a su preocupación —que por cierto comparto— acerca de la necesidad de respetar el principio de imparcialidad, evitando que los tribunales de enjuiciamiento actúen como alzada en la
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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:6440
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