tencioso Administrativo N° 3 y fue ascendido, porque sobresalía entre sus pares, a Secretario de la Sala en lo Contencioso Administrativo de la Cámara Federal de Apelaciones de la Capital Federal, donde yo me desempeñé a partir de 1973 como Fiscal. Soy testigo de los elogios de los jueces de la Sala donde se desempeñaba por su actuación y yo mismo he apreciado como Fiscal de esa Cámara, su talento, probidad y dedicación. .
Nunca encontré reproche al desempeño de su magistratura. En tiempos turbulentos para su ejercicio, se comportó con dignidad y autoridad, distinguiéndose por la firmeza de sus decisiones; no permitió ningún tipo de intromisión en su labor por parte del gobierno militar y me consta que deploró el terrorismo de Estado y estuvo siempre atento a contenerlo, en la medida de su competencia y del conocimiento que pudo tener de actos de esa naturaleza. , Por haberme desempeñado como juez de la Corte Suprema a cargo de la inspección de la zona noroeste, me consta que a partir del advenimiento de la democracia en 1983 continuó al servicio de la justicia conduciéndose con equidad y probidad y que nunca pretendió valerse de influencias políticas para desenvolver su función como tampoco para acceder a posiciones de mayor jerarquía en la magistratura.
Fue un celoso guardián de su independencia evitando situaciones que pudieran afectarla.
Como único juez federal de Salta le tocó un papel primordial en la instalación de la Cámara Federal de Apelaciones de esa provincia y de los restantes organismos judiciales (incluido el Ministerio Público). Lo hizo con sentido práctico, empleando exiguos recursos. , Cosa que contrastó, tanto en medios como en costo, con la del Tridunal Oral en lo Criminal.
Lleva una vida austera, de muy escasa exhibición social. Antes que la actividad mundana prefiere la tranquilidad del campo. Es aficionado a la cría caballar y su tiempo libre lo destina, en buena medida, al pequeño haras de propiedad de su esposa.
Hace algunos años me comentó que un íntimo amigo y pariente de su esposa, el señor Pereyra Rozas, quien no tenía descendientes direc
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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:6439
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