HIPOLITO ENRIQUE JALIL D
V. Cta. AZUCARERA BELLA VISTA S.A. (EN LIQUIDACIÓN)
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas locales de procedimientos. Casos varios.
Si bien la cuestión referente al libramiento de un oficio ampliatorio del embargo contra una cuenta de la titularidad de la Secretaría de Hacienda no es, en principio, susceptible de habilitar la vía extraordinaria pues suscita el examen de temas de hecho y de derecho procesal que constituyen materia propia de los jueces de la causa, ello no es óbice para su consideración si el pronunciamiento omitió un análisis razonado de cuestiones conducentes para la dilucidación del pleito.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Principios generales.
La doctrina de la arbitrariedad no se propohe convertir a la Corte Suprema en una tercera instancia ni corregir fallos que se reputen equivocados, sino que sólo tiende a resguardar casos excepcionales en los que deficiencias lógicas del razonamiento o una total ausencia de fundamento normativo impiden sostener que la decisión es una sentencia fundada en ley.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la consideración de extremos conducentes. .
Si el Estado Nacional no es el titular de la relación jurídica sustancial que se debate —sino que actúa en los términos del art. 94 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación — corresponde descalificar el pronunciamiento que lo calificó como parte adversa como para efectuar el requerimiento de pago.
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL -
Suprema Corte:
—I-
Afs. 649, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Sala B- confirmó la resolución de la instancia anterior que había dispuesto librar oficio a los efectos de que se efectivice el embargo trabado sobre
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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:5717
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