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Fallos: 327:4857 de la CSJN Argentina - Año: 2004

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AGROPECUARIA LA UNION S.A. v. ASTRA EVANGELISTA S.A.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Por la materia. Causas regidas por normas federales. Corresponde atribuir competencia federal a la causa si el actor, al interponer la demanda, en sus posteriores presentaciones, como así también con la prueba que aportó, dejó en claro que la cuestión a dilucidar excede el.marco de una simple demanda de desalojo, introduciendo el tema en la explotación de hidrocarburos reglada por las leyes 17.319 y 24.145, de carácter federal.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-.

DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL -
Suprema Corte:

—I-

Tanto la Sala II de la Cámara Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Neuquén, como el titular del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1 de la misma ciudad, discrepan en cuanto a la competencia para entender en la presente causa.

En ella la actora, Agropecuaria La Unión S.A., interpuso demanda de desalojo, por ante el Juzgado Civil N° 6 de Neuquén, contra la empresa Astra-Evangelista S.A., con el objeto que desocupe un campo supuestamente de su propiedad (v. fs.:16/19). En dicho escrito precisó que la demandada presta servicios para Y.P.F. S.A. y que ésta última empresa le había iniciado, a su parte, un juicio de expropiación por el mismo inmueble (tramitado en la justicia federal) el que, al resultarle adverso, demostró que dicha empresa no es la propietaria del campo, ni tiene cedido su uso o disposición, ni tiene servidumbre alguna de derecho minero que le permita disponer del predio en uso superficial reglamentado por el Código de Minería y la Ley de Hidrocarburos.

Asimismo, solicitó ser resarcido por el uso ilegítimo que le da la contraria a su propiedad. A fojas 146/153, se presentó el gestor procesal

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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:4857 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-4857

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