3 resultan, estimo, aplicables mutatis mutandi al presente recurso, por lo que a ellas me remito. .
Es que, como señalara el fiscal de la instancia, se encuentran pendientes en este proceso medidas de especial relevancia para la dilucidación de las cuestiones suscitadas. Adviértase que el Estado requirente no ha especificado si, en caso de concederse el extrañamiento, se le permitirá al requerido una revisión del proceso sentenciado in absentia. Cuestión de suma trascendencia por cuanto la legislación procesal italiana admite, en algunos supuestos, la reapertura de un proceso en el que ya ha recaído condena.
Tampoco se ha determinado con exactitud si Vázquez Drovandi estuvo presente en alguna de las etapas del proceso, habida cuenta que, de haber tenido la oportunidad de ser escuchado en declaración, designar defensa y aportar elementos de prueba, el extrañamiento podría ser viable, aun en el caso de que hubiera sido declarado rebelde antes de la imposición de la condena por la cual se lo reclama (doctrina de Fallos: 316:1812 y 321:2409 ). .
—IVPor todo lo expuesto, solicito a V.E. que admita el presente recurso y revoque la sentencia apelada. Buenos Aires, 10 de marzo de 2003.
Luis Santiago González Warcalde. —
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 9 de marzo de 2004.
Vistos los autos: "Vázquez Drovandi, Ademar Bolivar s/ extradición". .
Considerando: - — 1) Que el señor juez de primera instancia rechazó la extradición solicitada por la República de Italia respecto de Ademar Bolívar
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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:306
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