Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 327:258 de la CSJN Argentina - Año: 2004

Anterior ... | Siguiente ...

dad moderada resultando más apropiadas para la explotación ganadera. La calidad de los restantes suelos es decreciente. Existe una pequeña superficie de 2,9 ha apropiada para cultivos en proporción moderada a limitada, 90,8 ha son ineptas para la agricultura y aptas para ganadería de bajos requerimientos y, finalmente, 17,9 ha. son susceptibles de anegamiento por su pobre drenaje e ineptas para su explotación. Según el ingeniero Achával Rodríguez, el 47 de la extensión total de la propiedad está sujeto a riesgo de inundaciones cuya intensidad, frecuencia y persistencia dependerá del comportamiento de las lagunas vecinas, en particular La Dorita. En suma, se trata de un campo con aptitud ganadera y utilizable en labores agrícolas en sus sectores más aptos pero que presenta restricciones casi absolutas en 17,9 ha.

Sobre la base de tales datos y la estimación efectuada precedentemente sobre la influencia de las obras corresponde reajustar los valores consignados en concepto de daño emergente y lucro cesante, que serán estimados en el ejercicio de la facultad prevista en el art. 165 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación . En efecto, el reclacual no se hubiera evitado la inundación del campo en cuestión" (punto 12). Debe señalarse, asimismo, que, preguntada acerca del destino de las aguas de no existir las obras, manifestó que una parte quedaría retenida al no poder superar algunos obstáculos naturales, agravando la inundación aguas arriba, parte hubiera tomado otros cursos a través de los puntos más bajos, poniendo en peligro la ciudad de Carlos Casares y finalmente otra parte llegaría a La Dorita" (punto 10).

59) Que, a los efectos de determinar la eventual responsabilidad que se le atribuye ala Provincia de Buenos Aires por las obras realizadas, cabe considerar si efectivamente las mismas alteraron el sentido del escurrimiento natural, como lo afirma la actora ver fs. 56) No se discuten —llo se encuentra reconocido por los organismos dependientes la Provincia de Buenos Aires y del Estado Nacional-las tareas emprendidas para morigerar las consecuencias de la inundación frente a la situación que se le planteaba por la magnitud de las lluvias que precipitaron la región, es así que las "ejecutadas en la zona de la ruta nacional N° 5 tuvieron como único objeto evitar la inundación de la planta urbana de la localidad de Carlos Casares (ver fs. 210). Dicho propósito anunciado ya al contestar la demanda es ratificado por la Dirección Provincial de Hidráulica (ver fs. 307), informe en el que más detalladamente señala que el conjunto de "las obras ejecutadas en esa área para atender situaciones puntuales en nada modificaron el estado de inundación generalizada" y se "llevaron a cabo con el objeto de salvaguardar centros poblados", en términos coincidentes responde el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria INTA) a fs. 379/382.

Asimismo, cabe tener en cuenta que, esa actividad de la provincia se cumplió, conforme lo corrobora el peritaje hídrico, ante una situación de inundación "generalizada"

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

96

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2004, CSJN Fallos: 327:258 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-258

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 327 Volumen: 1 en el número: 258 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos