Por lo expuesto, opino que este proceso corresponde a la competencia de la Justicia Nacional en lo Civil y Comercial Federal, por intermedio del Juzgado N° 9, que intervino en la contienda. Buenos Aires, 9 de marzo de 2004. Ricardo O. Bausset.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 8 de junio de 2004.
Autos y Vistos:
De conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador Fiscal subrogante, se declara que resulta competente para conocer en las actuaciones el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal N° 9, al que se le remitirán. Hágase saber al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N°5.
ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — AuGusto CÉSAR BELLUSCIO — ANTONIO
BoGGIANo — ADoLFo RoBErto VÁZQUEZ — JUAN CARLOs MAQUEDA — E.
RAÚL ZAFFARONI. .
Tribunales que intervinieron con anterioridad: Sala 2 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal.
LOBA PESQUERA S.A.M.C.I. v. DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por la materia. Cuestiones civiles y comerciales. Quiebra, Fuero de atracción.
Si bien el juez comercial dispuso la apertura del concurso preventivo de la empresa actora, la Cámara Federal de la Seguridad Social debe entender en el recurso de impugnación de las actas de determinación de deuda previsional, pues el fuero de atracción respecto del reclamo crediticio efectuado por la AFIP sólo puede operar después de la intervención del tribunal de alzada y en el supuesto de que éste confirme la decisión de la AFIP.
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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:2202
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