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Fallos: 326:5406 de la CSJN Argentina - Año: 2003

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39) Que el hecho de que el juez comercial haya expresado al Dr.

Murature que no existían motivos para la remoción ni para la aplicación de sanciones a Medina Olaechea, no puede ser considerado como cargo alguno, dadas las diferentes atribuciones y competencias de los jueces comerciales y penales, más aún que en materia penal las pruebas son valoradas según el sistema de la sana crítica racional.

40) Quelaincriminación de haber paralizado un juiciocivil iniciado por Medina Olaechea contra Pallasá no puede prosperar.

Si bien no seindica a qué expedientes se refier ela acusación, dado que se ha ejercido la defensa técnica en relación al expediente tramitado en el Juzgado Civil N° 57, sustanciado tal como se menciona por Medina Olaechea contra Pallasá, cabe efectuar algunas precisiones en torno al mismo.

Así, el 12 de mayo de 1994, se ordenó solicitar el expediente en trámite por ante el Juzgado Civil N° 57 —autos caratulados "Medina Olaechea c/ Pallasá s/ daños y perjuicios"—que fue recibido en el Juzgado de Instrucción N° 26 el 30 de mayo de 1994. Ante distintas requisitorias, el Dr. Murature dispuso mediante decretos del 27 de marzo de 1995 y 22 dejunio del mismo año, la devolución delas actuaciones mencionadas.

Posteriormente, transcurridos 4 años aproximadamente desde su devolución, el Dr. Murature ordenó el 24 de mayo de 1999 sdlicitar la remisión del expediente al Juzgado Civil N° 57 y mediante decretos del 14 y 21 de noviembre de 2000 dispuso devolverlo al juzgado de origen, una vez que se extrajeron fotocopias del mismo.

Por lotanto, noes cierto lo que se consigna en la pieza acusatoria que hace mención a que un expediente del fuero civil fue solicitado en el año 1994 y recién fuerestituido en el año 2000, luego de reiterados pedidos de devolución.

Por otra parte, debe ponderarse lo declarado por el prosecretario administrativo Ricardo Delgadillo en el juicio oral (fs. 1211), al destacar que la tramitación de la causa fue muy prolongada debido a los inconvenientes en recibir actuaciones tramitadas en otros fueros:

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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:5406 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-326/pagina-5406

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