En primer término, además del querellante, fue el fiscal Lucio Eduardo Herrera (h) —al formular requerimiento deinstrucción de sumario para la investigación de 16 (dieciséis) hechos— quien expresamente sdlicitó la realización de las siguientes medidas: allanamiento sobre las oficinas de Mayansky de Baggio con el objeto de que se proceda al secuestro de todo tipo de documentación relacionada con el consorcio dela calle Gelly y Obes 2211 e"intervención de las líneastelefónicas" (sin especificar cuáles) (fs. 168/170).
El Dr. Murature, conformelo sdicitado por el fiscal y el querellante, el 28 de octubre de 1998 dispuso el allanamiento para el secuestro de documentación financiera y bancaria personal de Baggio y la relacionada con el consorcio mencionado y la intervención por treinta días deciertos números telefónicos, pero únicamente delas líneas pertenecientesala nombrada (fs. 171).
46") Que por otra parte, noes cierto lo imputado en la acusación respecto del secuestro de documentación perteneciente a otros edificios y de que se hubiera desatendido el pedido de levantamiento de dausura, ya quedel "Ada de Inspección y Registro" obrante afs. 185/186 surge claramente que sólo fue secuestrada (de conformidad con lo ordenado por el juez) documentación perteneciente al consorcio de la calle Gelly y Obes 2211.
En relación al levantamiento de la clausura, el mismo fue ordenadopor el juez al día siguiente derealizado el allanamiento, previamente a que fuera sdlicitado por Mayansky de Baggio. Efectivamente, a fs. 188 consta que el 29 de octubrede 1998 el Dr. Murature dispuso que "...en el día dela fecha..." personal técnico especializado se constituyeraenlasoficinas dela administración con el objeto de extraer la información compilada en las computadoras "...levantándose la clausura existente, haciendo entrega del lugar a Felisa Gracie a MAYAN SKY DE BAGGIO". A fs. 189 está la copia del oficio dirigido al Jefe de la Div.
Computación de la Superintendencia de Comunicaciones dela Pdlicía Federal aesefin, y recién afs. 190 se encuentra el pedido de Baggio de levantamiento de dausura. A mayor abundamiento, en el acta agregadaafs. 206 consta que el 29 de octubre se hizo entrega del inmuebleal hijo y esposo de Mayansky de Baggio, quienes lo recibieron de plena conformidad.
47) Que el cargo relacionado con la oportunidad en que se ordenó la pericia contable notiene sustento por tratarse de una cuestión dis
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:5410
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