Y además, no puede imputár sele ignorancia del derecho por el hecho de haber aumentado el embargo en varias ocasiones. Ello halla sustento en el especial trámite del expediente que tramitó por las normas de dos códigos procesal es (Leyes nros. 2.372 y 23.984).
36) Que bajo tales presupuestos, atribuir aun juez una conducta incorrecta o ignorancia del derecho por errores de interpretación de normas, importa desconocer lo ocurrido al comenzar a regir el Código Procesal Penal, especial mente en la interpretación de normas ajenas alopenal —como es la incorporación de la figura del actor civil—.
Los criterios de interpretación fueron tan diversos que debieron organizarse múltiples, jornadas, congresos. Incluso la Corte Suprema de Justicia de la Nación, juntamente con la Universidad de Buenos Aires y el Instituto Nacional de la Administración Pública convocar on a especialistas en derecho procesal penal para dar clases al respecto Proyecto de Capacitación para el juicio oral, convenio suscripto por la CS, la UBA y el INADI, 1992).
Asimismo, de la compulsa del expediente e incidentes se advierte que varias delas peticiones del Dr. Pallasá notuvieron respuesta favorable. Así, a fs. 59 éste sdlicitó la traba del embargo hasta cubrir la suma de 50.000 dólares: el Dr. Muraturefijóel embargo en $ 10.000; a fs. 72 Pallasá reiteró la solicitud de trabarse embargo inmobiliario, el Dr. Muraturenolehizo lugar (fs. 73); además no dio respuesta a peticiones varias del Dr. Pallasá.
37) Quenotiene sustento lovinculado a la incorporación a pedido de Pallasá de una resolución que no se hallaba firme, a diferencia de lo realizado en la causa "Formaro", pues el cargo, tal como está formulado, consiste en una mera suposición que no halla sustento alguno, más aún si se tiene en cuenta que cada expediente tieneun trámite diverso.
Sobre la base de la valoración de las pruebas reunidas, cabe afirmar queno se han acreditado irregularidades de las que pueda derivar una conducta configurativa de mal desempeño. Tal afirmación no descarta incluso la posibilidad de que Medina Olaechea pudo haber sido perjudicado con alguna de las decisiones adoptadas, pero lo cierto es que en esos casos las partes tienen los recursos que establecen los
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:5404
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