civiles, y administrativos— en trámite en otros fueros, que ingresaban al ámbito del proceso penal y permanecían allí afectados por un lapso excesivo, pese a los reiterados requerimientos de quienes detentaban la competencia originaria o de los interesados para lograr su devolución.
c) En todas las causas se investigaban delitos contra la propiedad —estafas y otras defraudaciones— o contra la administración pública —falsotestimonio, malversación de caudales, falsificación de documentos, etc.—. En ellas, las medidas que se disponían eran siempre allanamientos, secuestros eintervenciones telefónicas, sin ordenarse aquéllas que resultaban fundamentales para acreditar —prima facie— los términos de la denuncia, conforme solicitaba la Fiscalía o los denunciados. También embargos de propiedades y sueldos e inhibiciones se trabaron sin sustancia ni consistencia.
La traba de embargos o inhibiciones con finalidades abusivas sobre sumas de dinero pertenecientes a empresas, o simples particulares, originandofalta de disponibilidad de recursos, constituye un problema que es necesario analizar en profundidad pues, en muchos casos, importa una técnica compulsiva, contraria al derecho de fondo y tendiente a obtener ventajas contra legem.
Los perjuicios quela indisponibilidad ocasionan a esas empresas o personas de existencia visible pueden ser irreparables, originando problemas en su desarrollo económico, que concluyen por resultar irreversibles. (conforme Juan Bernardolturraspe, "Lasmedidas cautelares y el abuso del derecho", LA LEY 12/06/2003, 1).
21) El Señor Juez Murature obró desconociendo o tergiversando con parcialidad principios rectores:
Notuvoen cuenta, tratándose de procesos penales, la entidad de los bienes compr ometidos y el orden público que caracteriza ala mayoría de sus normas condicionantes.
Las limitaciones al ejercicio de derechos personales o patrimoniales de los imputados o de terceras personas no fue en muchos casos prudentemente transitoria y —de hecho- muchas de ellas subsisten.
No siempre fueron impuestas por necesidad y con motivo dela investigación, con una relación razonable y una adecuada proporcionalidad entre el objeto perseguido (los hechos denunciados) y su instru
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:5276
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