1) Ineptitud moral ointelectual.
m) Apartamiento de las direcciones procesales indicadas por el Superior.
n) Dictado en la Causa Baggio de una medida de noinnovar por un hecho norequerido. Además, sin contracautela.
0) Haber atribuido derechos inherentes ala calidad de querellante que la parte no poseía.
p) El desprestigio dela investidura y dela Justicia como elementos agravantes.
Todoellocon evidente parcialidad y favoritismo en beneficiodelas peticiones del Doctor Pallasá, con exceso y arbitrariedad y en desmedrode garantías constitucionales elementales de los acusados o per sonas meramente vinculadas a los hechos, y su sometimiento a presiones.
20) La conducta del Juez frente a las realidades que surgen delos expedientes que, como prueba se incorporaron al debate, nos lleva a afirmar quela actuación del Magistrado ya sea por acción u omisión ha dejado de lado las pautas concernientes a su deber ético y legal quelo perfila comotercero imparcial, extraño l litigio, alas pasiones y a los intereses que en él se ventilan.
21) En las causas en que se han formulado los cargos que convierten su actuación en un mal desempeño, aparecen notas comunes, constitutivas de un "patrón de conducta", que no pueden dejar de subrayarse:
a) En todas las causas la actuación del Doctor Pallasá como denunciante, con pretensión de querellante, aparece bajo un denominador común: setrata de causas propias (personales, de sociedades de las que era representante legal y/o dueño, o de parientes); todo ello con la Única excepción de la causa Presta en la que actuó como patrocinante dela querellante, cuando -estando radicada en el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 26— reemplazó a otros letrados.
b) En las causas "Visciglio", "Medina Olaechea", "Gamba (Colegio Público)", la radicación de las denuncias necesariamente motivaba el pedido de remisión de una gran cantidad de expedientes —comerciales,
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:5275
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