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Fallos: 326:5185 de la CSJN Argentina - Año: 2003

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Americana sobr e Derechos Humanos, que posee jerarquía constitucional (art. 75, inc. 22 de la Constitución Nacional).

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-—: p. 4604.

Interpretación de los tratados 57. Existe cuestión federal de trascendencia si el planteo de los recurrentes relativo ala inmunidad dejurisdicción que les correspondería en su condición de funcionarios de un ente con personalidad jurídica del derecho de gentes, comporta la interpretación y aplicación de tratados internacionales y, por ende, el cumplimiento por el Estado Nacional de sus obligaciones internacionales: p. 4156.

Interpretación de otras normas y actos federales 58. Es formalmente admisible el recurso extraordinario deducido contra la sentencia que estableció que los haberes de los recurr entes —empleados del Poder Judicial de la Nación— debían integrarse con el incremento creado por Acordada N° 57/92, pues se halla en juego la interpretación de un acto de autoridad nacional y la decisión ha sido contraria al derecho que el recurrente fundó en él (art. 14, inc. 39, ley 48).

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-—: p. 4076.

59. Suscita cuestión federal suficiente para habilitar la instancia extraordinaria lo atinente a determinar la naturaleza de las funciones del síndico del concurso con el objeto de establecer si sus actos u omisiones deben ser equiparados alos deun órgano estatal:

p. 4445.

Cuestiones federales complejas Inconstitucionalidad de normas y actos nacionales 60. Existe cuestión federal suficiente si seimpugnala constitucionalidad de una ley por considerársela violatoria del derecho a permanecer en libertad durante el proceso, garantía que posee jerarquía constitucional teniendo en cuenta que el instituto de la excarcelación resulta inmediatamente reglamentario del art. 18 de la Constitución Nacional (Voto del Dr. Augusto César Belluscio).

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió el voto—: p. 4808.

61. Es formalmente admisible el recurso extraordinario si se ha puesto en tela de juicio la validez de una disposición del Código Penal por ser contraria a normas de la Constitución Nacional y de tratados internacionales de jerarquía constitucional, y la decisión ha sido adversa a los derechos que la apelante fundó en estas últimas (art. 14, inc. 3° de la ley 48) (Disidencia del Dr. Adolfo Roberto Vázquez): p. 4944.

Inconstitucionalidad de normas y actos provinciales 62. Esadmisible el recurso extraordinariosi se cuestiona una ley provincial (ley 6073 de la Provincia de Mendoza) bajo la pretensión de ser repugnante a la Constitución Nacional y a otras normas federales y la decisión del Superior Tribunal provincial ha sido a favor de la validez de la primera (art. 14, inc. 2°, ley 48).

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-—: p. 4718.

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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:5185 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-326/pagina-5185

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