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CUERPO DE CALIGRAFOS OFICIALES
COMPENSACION FUNCIONAL.
La especialización en criminología de dos años de duración —que requiere el título de calígrafo por el que percibe el 15 en concepto de compensación funcional la perito oficial que se desempeña en el Cuerpo de Peritos de Calígrafos Oficiales- no puede ser considerado como nuevo título con una duración de cinco años y en consecuencia no corresponde abonar el 25 en concepto de compensación funcional reclamado. 
RESOLUCION DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 25 de noviembre de 2003. 
Visto el expediente caratulado "Cuerpo de Calígrafos Oficiales —haberes- bonificación adicional por título-Marum, Viviana Ethel", y Considerando:
1) Quela perito oficial Viviana Ethel Marum, quien se desempeña en el Cuerpo de Peritos de Calígrafos Oficiales, solicitóle pago del 25 en concepto de compensación funcional por el título de "calígrafo Público Nacional especialista en criminología" que posee y cuya obtención demanda cinco años de estudios (conf. punto |, inc. a y V del art.
44 del decreto N° 4107/84) fs. 8—.
2) Quela peticionante es graduada en la carrera decalígrafo público nacional de la Universidad del Salvador y posteriormente efectuó los dos años dela carrera de post-grado "especialista en criminología", a la que ingresó con el título anteriormente mencionado —ver fs. 1/7 fotocopias certificadas de ambos títulos y los correspondientes certificados analíticos—.
3) Que el citado decreto en su punto , incisoa, del art. 44 establece que se abonará el "veinticinco por ciento (25) de la asignación de la categoría de revista" por los "títulos universitarios o de estudios superiores que demanden cinco (5) o más años de estudios de tercer nivel".
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:4743 
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