LEY: Interpretación y aplicación.
Corresponde descartar que la ley 25.246 sea una norma nacional en los términos del art. 116 de la Constitución Nacional y del art. 2°, inc. 1°, de la ley 48, ya que no resulta de aquellas dictadas por el Congreso Nacional en el ejercicio de las facultades expresamente delegadas por las provincias y conferidas, en razón de ello, por el art. 75 de esa norma fundamental, con la reserva de su inc. 12.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-—.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Por la materia. Causas excluidas de la competencia federal.
La circunstancia de que las resoluciones que adopte la Unidad de Información Financiera en virtud del Capítulo IV de la ley 25.246 resulten apelables ante el fuero en lo contenciosoadministrativo (art. 25) no puede ser fundamento para determinar la intervención de la justicia federal respecto de los delitos tipificados en dicha ley, cuando no se dan los supuestos que, en razón de la materia, hacen surtir esa competencia excepcional.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
La presente contienda negativa de competencia suscitada entre el Juzgado Federal de Rawson y el Juzgado de Instrucción N° 1 de Trelew, ambos de la provincia del Chubut, se refiere a la causa instruida por infracción al artículo 278 del Código Penal, incorporado por ley 25.246.
Dela escasa investigación practicada surge que el Banco del Chubut S.A. habría incumplido con la Comunicación "A" 2402 del texto ordenado de normas sobre prevención del lavado de dinero del Banco Central, al haber abonado cheques por ventanilla por importes superiores a los cincuenta mil pesos (fs. 30, 50 vta., 51 vta., 54 y 71).
El magistrado federal, luego de discurrir en torno ala distinción existente entre las leyes nacionales, federales y locales, declinó parcialmente su competencia con base en lo dispuesto por el artículo28 de la ley 25.246. En este sentido resaltó que el artículo 24 del proyecto de esa norma del año 1998 que preveía la competencia del fuero de excep
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:4532
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