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Fallos: 326:3877 de la CSJN Argentina - Año: 2003

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el ingeniero Rocca a favor del actor, cesión que fue protocolizada mediantela escritura N° 92, según surge de los documentos agregados a fojas 275/278 y 263/265.

Contrariamente aloque se asevera en el pronunciamiento impugnado, aduce que noes cierto que el actor nointervino en los convenios protocolizados obrantes a fojas 263/268, pues firmó con el ingeniero Rocca la citada escritura N° 92, obrante a fojas 263/265. Señala la importancia de ese documento de cesión de derechos en pago de los trabajos realizados por el actor, porque el propio cedente, el Ingeniero Rocca, en el instrumento agregado a fojas 7 (debió decir fs. 8/9), cuya autenticidad — apunta —ha sido probada a fojas 275/278, expresó que dicha cesión reemplazó a la que el Dr. Barbenza reclama en este incidente.

Sostiene que está probado que fue apoderado dela parteactora, de cuyo crédito el doctor Barbenza participaba en el porcentaje del 12 en virtud de la cesión de der echos antes referida, y que por lotanto, es insólito que el actor pretenda una participación en los honorarios que el recurrente devengara en defensa de losintereses del mismo. Critica que la Cámara haya desestimado esta defensa por entender que no formó parte de los términos en que quedó trabada la litis, pues — dice —, del documento obrantea fojas 23, agregado en su primera presentación, se desprende que Barbenza reconoció ser deudor del apelante por el asesoramiento que éste le brindara.

Argumenta que desde su escrito inicial dijo que la pretensión del actor resultaba sorpresiva si setiene en cuenta que-ala luz del citado documento de fojas 23 — fue el demandado quien le brindó asesoramiento profesional y condujoal éxito el reclamo del que aquél era parte. Al respecto, reprocha que la Cámara haya desestimado el tema de este reconocimiento de deuda porque no articuló expresamente la hipotética compensación, toda vez que —señala-—, la compensación notiene nada que ver con la cuestión, ya que la invocación de dicho documento tuvo por objeto demostrar que resulta un despropósito que alguien pueda reclamar a su abogado el pago de trabajos realizados para su propia defensa.

— II No obstante quelos agravios precedentemente reseñados, remiten al examen de cuestiones de hecho, prueba, y derecho común, materia

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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:3877 
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