CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Libertad de prensa.
La exigencia de una práctica periodística veraz, prudente y compatible con el resguardo de la dignidad individual de los ciudadanos no puede calificarse como una obstrucción o entor pecimiento de la prensa libre, lo contrario sólo traduce un distorsionado enfoque del ejercicio de la importante función que compete a los medios de comunicación social, tal cual deben desarrollarse en la sociedad contemporánea (Voto del Dr. Eduardo Moliné O'Connor).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Libertad de prensa.
El especial reconocimiento constitucional de que goza el derecho de buscar, dar, recibir y difundir información e ideas de toda índole, no elimina la responsabilidad antela justicia por los delitos y daños cometidos en su ejercicio (Voto del Dr. Eduardo Moliné O'Connor).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Libertad de expresión.
Cuando las convenciones internacionales mencionadas en el art. 75, inc. 22 de la Ley Suprema, que cuentan con jerarquía constitucional, reconocen el der echo de expresión e información, contemplan también la posible colisión con los derechos per sonalísimos igualmente consagrados en esos tratados, imponiendo responsabilidades para el caso de su afectación (Voto del Dr. Eduardo Moliné O'Connor).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Libertad de prensa.
Aun en la hipótesis de admitirse en nuestro sistema jurídico el estándar de responsabilidad de la real malicia —con la consiguiente adopción de un factor subjetivo de atribución agr avado-, no alcanzaría a la solución del caso si no se hallan implicados asuntos institucionales o de interés público ni se hace referencia a funcionarios, figuras públicas o particular es involucrados en temas de interés público (Voto del Dr. Eduardo Moliné O'Connor).
DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL
Suprema Corte:
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La Sala "A", de la Cámara Federal de Apelaciones de la ciudad de Córdoba, confirmó la sentencia del juez de grado que rechazó la de
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:2493
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