atacar y desprestigiar al denunciante y al diario Río Negro, y en dicha acción incluyó el cese de la publicidad oficial en el matutino. Al efecto señala que con anterioridad al conflicto, aquélla, tanto la correspondienteala gobernación de Neuquén comola de los organismos descentralizados, llegó a representar el 8,98 de la venta neta de espacios publicitarios del diario, y a partir del conflicto se redujo "a cero" (ver fs. 8 de esteincidente de medida cautelar). Agrega cuadros comparativos afin de acreditar prima faciela modificación que se ha operado en sus ingresos.
De tal manera, arguye, la reducción de publicidad oficial, a pesar de pretender ampararse en razones presupuestarias, responde a una represalia contra la actora por no haber resultado del agrado del gobernador la información publicada por el diario en torno al llamado escándalo de las cámaras ocultas. Denuncia quela pretensión de justificar el obrar provincial en motivaciones vinculadas con el presupuesto no se compadece con la derivación de publicidad hecha por la provincia a otro diario de circulación en la ciudad del Neuquén.
Sostiene que el recorte económico que ha padecido representa un medio ilegítimo de restringir la libertad de expresión, que tienejerarquía constitucional y que ha sido ampliamente resguardada por la Convención Americana de Derechos Humanos.
29) Que la actora pretende que en tanto se tramita y se resuelvela presente acción se dicteuna medida de no innovar para quela situación seretrotraiga al estado anterior ala fecha en que se dispuso el cese de la publicidad. Así solicita que se ordene mantener las pautas publicitarias de manera idéntica a como se hacía hasta el mes de diciembre de 2002, sin efectuar merma alguna motivada en razones de discriminación política odeotra naturaleza (ver fs. 13 vta. de este incidente).
Considera que la verosimilitud en el derechoestá suficientemente acreditada, y que el peligroen la demora es evidente en tantola situación planteada agrava día a día las finanzas del diario poniendo en dificultades su operación e impidiendo que siga trabajando de la manera que venía haciéndolo antes de la decisión tomada por el gobierno provincial.
3) Que el objeto de la medida cautelar coincide exactamente con la pretensión principal. En efecto, aceptarla generaría, tanto en laórbita
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:2268
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