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Fallos: 325:3288 de la CSJN Argentina - Año: 2002

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32) Que por los diversos motivos que se esgrimen en el escrito inicial Crisorio Hnos. Sociedad de Hecho solicita que el Tribunal decrete una prohibición de innovar con el fin de que ordene a la Dirección Provincial de Rentas que "suspenda el trámite de las actuaciones administrativas que corren bajo el N° 2753-05336/98, y específicamente, se abstenga de promover ejecución fiscal y/o trabar medidas cautelares a raíz de dicho expediente".

4) Que en el caso la particular situación descripta por la actora a fs. 114/119 referente al quantum de la deuda por aplicación del impuesto en cuestión, y las graves consecuencias que podría traer aparejada su ejecución —circunstancias contempladas por el Tribunal en los casos de Fallos: 288:287 y 314:1312 - tornan aconsejable acceder a la medida pedida.

5) Que finalmente cabe recordar que solicitudes idénticas a las del sub examine han sido proveídas favorablemente en las causas "Transportadora de Gas del Sur Sociedad Anónima (TGS)" (Fallos: 324:871 ); T.48.XXXVII "Transportadora de Gas del Sur S.A. c/ Río Negro, Provincia de s/ acción declarativa —incidente sobre medida cautelar—", del 10 de abril de 2001 y T.71.XXXVII "Transportadora de Gas del Norte S.A. (TGN) c/ Neuquén, Provincia del s/ acción declarativa de certeza", del 30 de mayo de 2001, sin que se presente el supuesto particular sentado en "Transportadora de Gas del Norte S.A." (Fallos: 324:2730 ).

Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador General, se resuelve: I. Correr traslado de la demanda por el término de sesenta días a la Provincia del Neuquén. Para su notificación al gobernador y al fiscal de Estado líbrese oficio al juez federal en turno de la ciudad del Neuquén. II. Citar al Estado Nacional —Ministerio de Economía— para que dentro de sesenta días tome la intervención que le pudiere corresponder en defensa de sus derechos art. 94, código citado). III. Hacer lugar a la medida pedida y ordenar a la Provincia del Neuquén que se abstenga de realizar actos tendientes al cobro del impuesto de sellos por el contrato señalado en la demanda.

ANTONIO BOGGIANO.

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Año: 2002, CSJN Fallos: 325:3288 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-325/pagina-3288

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