para dirimir el conflicto suscitado, entre juzgados de primera instancia ubicados en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, en tanto se refiere a la organización y funcionamiento de los poderes públicos provinciales, es decir, a situaciones que no exceden el ámbito normativo local, en los términos de los arts. 121 y sgtes. de la Constitución Nacional (conf. doctrina de Fallos: 249:430 ; 280:240 ; 301:574 , entre otros).
Por ello y de conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador General, se resuelve remitir las actuaciones a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, a sus efectos. Hágase saber al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 5 del Departamento Judicial de La Plata y al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 10 del Departamento Judicial de Mercedes, ambos de la Provincia de Buenos Aires.
EDUARDO MoLINÉ O'Connor — AUGUSTO César BELLUSCIO — ENRIQUE
SANTIAGO PETRACCHI — GUSTAVO A. BossERT — ADoLFo ROBERTO
VÁZQUEZ,
VICTOR HUGO PEÑA BAREIRO
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Causas penales. Delitos que obstruyen el normal funcionamiento de las instituciones nacionales.
Corresponde a la justicia federal conocer en la causa donde se investiga la existencia de una organización dirigida a obtener, por medios aparentemente delictuosos, la radicación irregular de extranjeros en el país, violándose las disposiciones reglamentarias dictadas por el Gobierno Nacional.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia. Intervención de la Corte Suprema.
Corresponde declarar la competencia de la justicia federal para investigar la comercialización de certificados de residencia falsos, aunque no haya sido parte en la contienda, pues resulta privativo de ese fuero el juzgamiento de los delitos que representen la falsificación de documentos nacionales —art. 33, inc. 1 €), del Código Procesal Penal de la Nación—.
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Año: 2002, CSJN Fallos: 325:2684
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