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Fallos: 325:2309 de la CSJN Argentina - Año: 2002

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Provincia de Buenos Aires, con el fin de que remita las actuaciones al Juzgado Federal N° 1 de La Plata, Secretaría Electoral, que deberá entender en la causa. Hágase saber al Juzgado de Garantías N° 2 del departamento judicial de la mencionada localidad.

JuL10 S. NAZARENO — EDUARDO MoLINÉ O'Connor — Carlos S. FAYr — AuGusTo CÉSAR BELLUSCIO — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — GUILLERMO
A. F. López — Gustavo A. Bossert — ADoLFo ROBERTO VÁZQUEZ.
SALVADOR JOSE FRATTO y Otro JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia. Intervención de la Corte Suprema.

Si bien la realización de medidas instructorias con posterioridad al inicio de la contienda, importa asumir la competencia que fuera atribuida y una declinatoria efectuada con posterioridad da inicio a un nuevo conflicto, por razones de economía procesal y del buen servicio de justicia, cabe al Tribunal resolver sobre el fondo de la cuestión.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Causas penales. Casos varios.

Si a raíz de un paro nacional se produjo la efectiva interrupción de un servicio público interjurisdiccional, ello resulta suficiente para otorgar el conocimiento de la causa a la justicia federal.


DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL
Suprema Corte:

La presente contienda negativa de competencia suscitada entre el Juzgado de Garantías N° 2 y el Juzgado Federal Criminal y Correccional N° 1, ambos de San Isidro, provincia de Buenos Aires, se refiere a la causa instruida contra Salvador José Fratto y José Luis Cárdenas.

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Año: 2002, CSJN Fallos: 325:2309 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-325/pagina-2309

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