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Fallos: 325:165 de la CSJN Argentina - Año: 2002

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Regístrese, hágase saber y previa devolución a la cámara del fuero de los sumarios administrativos agregados por cuerda, archívese.

JuLIo S. NAZARENO — EDUARDO MoLINÉ O'Connor — AUGUSTO CÉSAR BeLLuscio — ANTONIO BocGIANO — GUILLERMO A. F. López — ApoLro

ROBERTO VÁZQUEZ.

JOSEFA MATILDE ve La ASUNCION De PAZ
v. MINISTERIO peL INTERIOR RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones federal es simples. Interpretación de las leyes federales. L eyes federales en general.

Es formalmente admisible el recurso extraordinario si se encuentra en discusión el alcance e interpretación de una norma federal —ley 24.411- y la decisión definitiva del superior tribunal de la causa es contraria al derecho que la apelante funda en ella.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Generalidades.

Si se discute el contenido y alcance de una norma federal, la Corteno se encuentra limitada por los argumentos de las partes o del a quo, sino que le incumbe realizar una declaratoria sobre el punto disputado.


DESAPARICION FORZADA DE PERSONAS.
Corresponde reconocer el beneficio previsto por la ley 24.411 si la muerte se produjo —como consecuencia del accionar de las fuerzas armadas y de seguridad art. 2° de dicha ley)- en el enfrentamiento contra el grupo subversivo que tenía secuestrado al esposo de la actora.


DESAPARICION FORZADA DE PERSONAS.
Para otorgar los beneficios que prevé, la ley 24.411 sólo exige que el accionar de las fuerzas armadas y de seguridad haya ocasionado la muerte de un ciudadano, sin distinguir entre conducta legítima o ilegítima, directa o indirecta.

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Año: 2002, CSJN Fallos: 325:165 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-325/pagina-165

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