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Fallos: 325:1613 de la CSJN Argentina - Año: 2002

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 27 de junio de 2002.

Autos y Vistos:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador Fiscal, a los que cabe remitirse en razón de brevedad, se declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente el Juzgado Nacional de Menores N° 6, al que se le remitirá.

Hágase saber al Juzgado de Faltas N° 15 de la ciudad de Buenos Aires.

JuLIO S. NAZARENO — EDUARDO MoLINÉ O'Connor — AuGusto CÉSAR BELLUSCIO — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — GUSTAVO A. BOSSERT —
ADOLFO ROBERTO VÁZQUEZ.

CARLOS ALBERTO TELLELDIN y OTROS
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por el territorio. Lugar del delito.

Corresponde atribuir la competencia fespecto de los delitos de sustitución de chapa patente y adulteración de la numeración de automotores, encubrimiento, y estafas reiteradas, imputados al actor al tribunal provincial, ello sin perjuicio de que si este magistrado considera que su investigación corresponde a otro juez de su misma provincia, se la remita de conformidad con las normas de derecho procesal local, cuya interpretación y aplicación es ajena.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por el territorio. Lugar del delito.

La competencia penal por razón del territorio se establece atendiendo al lugar donde se consuma el delito.


DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL
Suprema Corte:

La presente contienda negativa de competencia suscitada entre los titulares del Tribunal Oral Nacional en lo Criminal N° 8, y del Juzgado

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Año: 2002, CSJN Fallos: 325:1613 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-325/pagina-1613

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