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Fallos: 325:1029 de la CSJN Argentina - Año: 2002

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RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Valoración de circunstancias de hecho y prueba.

Corresponde dejar sin efecto el pronunciamiento que declaró desierto el recurso de apelación por no haber cumplido la exigencia del pago previo de la multa, pues el a quo consideró insuficientes la declaración jurada y demás documentos llevados por el apelante para poder excluirlo del cumplimiento de dicho requisito, sin realizar ninguna valor ación de los mismos y sin siquiera dar una mínima explicación para llegar a tal conclusión.


DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL
Suprema Corte:

—|-

Contra la sentencia dela Sala || dela Cámara Federal dela Seguridad Social, que declaró desierto el recurso de apelación intentado por el actor, éste interpuso recurso extraordinario, que al ser denegado motivóla presente queja.

Explica el recurrente, que la Sala referida tomó tal decisión en la apelación, por él interpuesta, contra la resolución de la Agencia Sede Río Cuarto dela Dirección General Impositiva, por no haber dado cumplimiento con la exigencia del pago previo de la multa determinada más susintereses.

Se agravia por entender quela sentencia dela Cámara desnaturaliza y priva de sentido al derechofederal invocado, a la vez que ocasiona una distinción odiosa y arbitraria sin fundamento lógico ni jurídico llevando al extremo al principio solve et repete, contemplado en el artículo 15 de la ley 18.820.

Sostiene que dicha interpretación conculca el derecho constitucional alajurisdicción, al debido proceso, y ala igualdad antela ley consagrada en el artículo 16 de la Carta Magna.

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Año: 2002, CSJN Fallos: 325:1029 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-325/pagina-1029

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