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Fallos: 324:4412 de la CSJN Argentina - Año: 2001

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agravios de modo por demás genérico y confuso y carece de una crítica concreta y razonada de los fundamentos del superior tribunal de la causa (Voto de los Dres. Antonio Boggiano y Adolfo Roberto Vázquez).


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 18 de diciembre de 2001.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la querella en la causa Bianco, Norberto Atilio y otro s/ infracción arts. 139, 146 y 293 del Código Penal —causa N° 805/00—", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, no cumple con el requisito de fundamentación autónoma.

Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente a que, dentro del quinto día, efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación , en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. Hágase saber y archívese.

JuLIO S. NAZARENO — EDUARDO MoLINÉ O'Connor — AUGUSTO César BeLLuscio — ENRIQue SANTIAGO PETRACCHI — ANTONIO BocciAno (según su voto) — GuiLLERMO A. F. López — AnoLro Roserto Vázauez (según su voto).

Voto DE LOS SEÑORES MINISTROS DOCTORES DON ANTONIO BOGGIANO
Y DON ADoLFO ROBERTO VÁZQUEZ
Considerando:

1) Que la Sala | de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín, al dedarar prescripta la acción, sobreseyó definitivamente a

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Año: 2001, CSJN Fallos: 324:4412 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-324/pagina-4412

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