sario estudiar este concepto, no en relación a lo que la justicia del fuero nacional pueda entender por tal en los negocios que se tramitan ante ella, porque ese no es el caso presente, sino en el que le dan las constituciones o leyes de los estados de cuyas resoluciones puede ser también llamado a conocer, según las leyes de la Nación, la justicia federal..." (Fallos: 110:391 , especialmente págs. 405/406), no menos cierto es que estando en tela dejuiciola potestad dejuzgar, ni siquiera el hecho de que se lleve ante los jueces una cuestión cuya decisión no les incumbe y éstos la acojan y se pronuncien sobre ella con una sentencia en la que exista materia federal de la que da lugar al recurso del art. 14 delaley 48, puede constreñir a este Tribunal a pronunciarse sobredicha cuestión, pues es evidente que la superioridad jerárquica de la instancia extraordinaria federal no está subordinada a lo que sobre el punto se haya juzgado explícita o implícitamente en las instancias inferiores (Fallos: 215:492 ).
De ahí que, consiguientemente, pueda esta Corte declarar la ausencia de "causa" o "pleito" alos efectos de habilitar la instancia federal de excepción, con total independencia de lo que análogamente hubiera sido resuelto por el tribunal de origen al examinar las condiciones de admisibilidad del recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley local, siendo caro, por otra parte, que la decisión que sobre el particular se adopte se proyectará, por necesaria implicancia y con igual fuerza, respecto de lo actuado en las instancias provinciales pues, en Último término, ya nosetrata sólo de saber si la materia cae ono en la Órbita de la jurisdicción de la Corte que habilita el recurso del art. 14 dela ley 48, sinosi la decisión del trámite es propia o node la potestad judicial.
En fin, se estima que la precisión referente a si se está o no en presencia de un "caso" susceptible de ser examinado por los jueces, adquiere particular importancia y relieve cuandola sentencia recurrida por la vía del art. 14 de la ley 48 pudiera tener, en caso de quedar firme, efectos casatorios en el ámbitolocal, tal como ocurriría respecto de la dictada en el sub lite por la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires.
6?) Que, en orden aloanterior, cabe recordar que el Poder Judicial dela Nación conferido a la Corte Suprema de Justicia por losarts. 108, 116 y 117, se define —aun en los supuestos en que se persigue el dictado de una sentencia meramente declarativa— como el que se ejercita
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Año: 2001, CSJN Fallos: 324:4068
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