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Fallos: 324:3840 de la CSJN Argentina - Año: 2001

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3840 se mos introducidos en el juicio pero al imponer una sanción pecuniaria que no fue requerida, ni fue objeto de la contienda, el juzgador se apartóde los términos de la litis, vulnerando la garantía del debido proceso.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentendas arbitrarias. Procedencia del recurso. Falta de fundamentación suficiente.

Elevar la multa que contempla el art. 1004 del Código Civil a una suma mucho mayor, so pretexto de que resulta mínimo en atención al negocio que se instrumenta, por ser dicho importe el que ya traía el Código Civil reconocido por una ley sancionada hace cuarenta años, aparece como una reflexión dogmática y carente de todo sustento legal, doctrinario o jurisprudencial que la justifique, si no se proporciona explicación alguna sobre el procedimiento empleado para arribar a ese monto, ni tampoco acerca de cuáles fueron los fundamentos para fijarlo en aproximadamente la tercera parte del valor comprometido en autos.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentendas arbitrarias. Procedencia de recurso. Apartamiento de constancias de la causa.

Corresponde dejar sin efecto la sentencia que no trató argumentos oportunamente introducidos por la demandada y que podían resultar conducentes para la solución del pleito.


DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL
Suprema Corte:

—|-

En autos, los actores Angel Norberto Mazza y Guillermo Aníbal Venturino, demandaron por indemnización de daños y perjuicios a la escribana Carmen E. Lage de Bustos, por entender que ésta no había cumplido en forma debida con su obligación legal de dar fe de conocimiento. Manifestaron que, ante la referida escribana, habían formalizado por escritura pública, un contrato de mutuo con garantía hipotecaria, por el cual otorgaron un préstamo de Sesenta y cinco mil dólares estadounidenses (u$s 65.000) a Jaime Gabarro como titular dominial de un inmueble sito en calle Migueletes N° 1089 de esta ciudad, y que el nombrado Gabarro fue sustituido en el acto por quien —según constancias de la causa penal resultó ser Roberto Ramón Costa.

El Juez de Primera Instancia rechazó la demanda, decisión que fue apelada por los actores. La Sala "K", de la Cámara Nacional de

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Año: 2001, CSJN Fallos: 324:3840 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-324/pagina-3840

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