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Fallos: 324:3283 de la CSJN Argentina - Año: 2001

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para los delitos de calumnias e injurias, omitió cualquier consideración acerca del tipo de concurso que eventualmente podría mediar.

Entendió que las expresiones tenidas por cal umniosas e injuriosas conformaron, en principio, una sola estructura -o que descarta un pronunciamiento múltipleal respecto- y que tampoco se individualizaron esas manifestaciones como hechos independientes. Concluyó, por tanto, que la pretensión punitiva ejercida en el juicio no habría excedido de tres años, por lo que correspondía denegar el recurso en orden ala limitación objetiva que establece el art. 458, inc. 1° del Código Procesal Penal, aplicable a la querella por expresa remisión del art. 460.

3?) Que el recurso extraordinario deducido resulta admisible en tanto ha sido puesta en tela de juicio la validez de una ley nacional arts. 458 y 460 del Código Procesal Penal de la Nación) por ser contraria a normas de la Constitución Nacional y de un tratado internacional al queella hacereferencia, y la decisión ha sido adversa al derechofundado en estas últimas (art. 14, inc. 3° de la ley 48).

4°) Que el recurrente sostiene que la sentencia impugnada vulneróel derecho al honor, alaigualdad antela ley, ala defensa en juicio y las garantías del debido proceso, en lo sustancial, por haber omitido tratar la nulidad fundada en la violación del principio de congruencia.

Ello, toda vez que la sentencia del juez de grado ser ía nula al nohaberse pronunciado sobre un hecho objeto de la acusación. Aduce, por otra parte, que tampoco fue tratada por el a quo la constitucionalidad de las limitaciones establecidas respecto de las per sonas para interponer el recurso de casación en razón del monto de la pena, apartándose de la doctrina de esta Corte en la materia.

5) Que los agravios relativos a la violación del principio de congruencia remiten a cuestiones de hecho y derecho procesal propias de los jueces de la causa y ajenas al recurso extraordinario, lo que sin más autorizaría su rechazo. Por otra parte, debe observarse que no habiéndose formulado acusación con invocación de la norma concursal ni hecho referencia alguna a la existencia de hechos independientes, no se advierte la existencia de un supuesto de arbitrariedad por no haber se efectuado tratamientos particularizados. Es más, si la insuficiente acusación se hubiese tomado como base de una condena —como lopretendido— bien podría haber invocado el encausadola violación de las formas sustanciales del juicio relativas a la acusación, defensa, prueba y sentencia (Fallos: 272:188 ; 310:745 ; 313:1031 ; entreotros).

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Año: 2001, CSJN Fallos: 324:3283 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-324/pagina-3283

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