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Fallos: 324:2999 de la CSJN Argentina - Año: 2001

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una zona dudosa, de mayor concentración radioisotópica, en cadera derecha, que sería para controlar en estudios sucesivos. Resto del barrido sin particularidades"). Finaliza diciendo que "no pudo evaluar los resultados ya que la familia decide trasladar el paciente a Buenos Aires" (fs. 240/241, causa penal).

Cabe señalar que los antecedentes reseñados fueron consignados en la historia dínica del Instituto Estévez, donde se menciona: "fibrobroncoscopía 7/83 lob. 1Zq. con masa vegetante, carina móvil, centellograma hepático: 3/8/83 normal; centello óseo capt. En cadera der. y T.A.C. cráneo: 8/8/83 normal". El estudio dínico registraba "localizado" (ver fs. 3 historia cínica, prueba N° 1). Con los datos consignados comienza el tratamiento de Jordán Cruz en el Instituto Estévez, consistente en quimioterapia luego combinada con radioterapia de tórax y cráneo controlado por los doctores Estévez y Hannois (fs. 4 de la historia cínica). Debe destacarse que el citado Estévez era el director médico del instituto que lleva su nombre (fs. 212 vta.).

6°) Que a fin de evaluar el comportamiento de los profesionales intervinientes es necesario acudir a los dictámenes periciales producidos en esta causa consistentes en el informe conjunto de los doctores Bellido (cínico), Bertacchini (oncólogo), Pellegrini (neumonólogo) y doctora Pdino (anatomopatóloga), como así mismoa los peritajes que de manera individual presentaron los tres últimos profesionales.

Parece apropiado como íter introductorio y siguiendo el orden de las preguntas formuladas en forma conjunta, considerar la opinión que merece a los expertos la historia clínica elaborada en el Instituto Estévez, respecto de la cual afirman que se trata "de una ficha de seguimiento ambulatorio" (preg. 1, fs. 1003) que si bien es "un registro dela evolución del paciente mientras fueatendidoallf" (preg.?, fs. 1003) "carece de consideraciones dínicas, de conclusiones de las reuniones en ateneos, de reuniones en comités u otras similares, tal como sería deesperar en una historia clínica deun instituto especializado" (preg.

1 citada énfasis agregado). En la respuesta al pedido de explicaciones requerido por la actora, los expertos precisan las diferencias entreuna historia cínica y una ficha, reiterando sus dichos acerca del contenido dela primera y agregando que a más del registro "de la evolución del paciente y la inclusión de los resultados de estudios complementarios, se anotan opiniones, reflexiones sobre el caso (dudas, opciones, especulaciones, etc.), comentarios emanados de ateneos y comités si los

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Año: 2001, CSJN Fallos: 324:2999 
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