nota mandada por el gobierno de una provincia que acompaña un proyecto de inversión con decreto provincial para la radicación industrial con privilegios impositivos y que es encaminado ala cancillería por la oficina de la provincia en el Senado es un procedimiento suficientemente confiable" (fs. 1088). A fs. 1117 vta. del expediente 1859/94 "Díaz Jorge Luis s/ dcia.", que tramita ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°6, el mismo testigo afirmó que "en ningún momento la Cancillería analiza la viabilidad del proyecto, limitándose a ser un nexo entre la sdlicitud de la provincia y los organismos internacional es".
6?) Que, por otro lado, Coman iniciaba en Italia las gestiones para lograr la cobertura SACE. Como se dijo antes, el 22 de septiembre de 1988 presentó su solicitud ante ese organismo invocando como gar ante al governo dela Provincia de San Luis (fs. 3505), la que generó la actividad interna de ese organismo que se reseña en su informe traducido afs. 5269/5275 y que culminaría el 2 de octubre de 1989 con la emisión de la póliza 1275/88.
Si setienen en cuenta las constancias del informe de la SACE y la constancia de la póliza 1275/88 (traducción de fs. 5114/5170), se pueden reconstruir los diversos trámites llevados a cabo por las autoridades de ese ente para aquellos años. Las condiciones particulares dela páliza citada (ver fs. 3512, versión italiana, fs. 5157 de su traducción) demuestran que se consigna como fecha de celebración del contrato Espartaco-Coman el 7 dejulio de 1988 y la de aceptación de la garantía por la SACE (data di accettazione della garanzía) el 30 de enero de 1989. La páliza se emitió el 2 de octubre de ese año y se estipuló como fecha de entrada en vigor el 26 de julio (es decir que la póliza tuvo una vigencia retroactiva de más de dos meses).
A su vez, antela solicitud de la SACE efectuada varios años después, el Ministerio de Relaciones Exteriores italiano aportó algunos datos significativos. Ese informe, según se consigna, fue requerido "a los fines de la etapa instructoria" y tenía como objeto aportar "el resultado delas verificaciones realizadas r especto de la declaración de prioridad ola existencia de eventuales falsedades r especto de la operación dela referencia" (fs. 5269). El informe comunicaba: "1) en el acta del III Comisión mixta italo-argentina que se reunió en Roma el 30/4/87, se menciona al sector minero. El proyecto bajo estudio no aparece, por otra parte, enumerado en las listas de proyectos anexos al acta; 2)
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Año: 2001, CSJN Fallos: 324:2843
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