al punto tal que hay quienes critican la situación de ocio de aquellos detenidos que esperan largo tiempo la resolución de sus procesos.
También podría entenderse que tratándose aquí deimputados por delitos leves, éstos se encuentran sometidos —como en un régimen contravencional de Occidente- a medidas de rehabilitación social y quizá atribunales populares nojurisdiccionales. Situación que contrasta con la tipificación en el delito de homicidio que efectúa el Estado requirentede la conducta de Xu Zichi.
En el informa, se citan también hechos concretos: un preso común dela granja prisión de Qingshan, provincia de Guangdong, que murió a causa de los golpes que le dieron dos funcionarios por no haber acabado su trabajo diario.
Cuatro agentes de pdlicía que fueron condenados a entre tres y once años de cárcel por torturar a Lin Zhuhua, presunto atracador de un banco de la provincia de Jiangsu, hasta provocarle la muerte.
A dosjefes de pdlicía de la provincia de Gansu les impusieron condenas condicionales de dos años por torturar a tres detenidos inocentes hasta hacerles confesar un asesinato. Los presuntos delincuentes habían sido condenados a muerte debido a confesión, pero un tribunal superior provincial los juzgó de nuevo y quedaron exculpados.
El ciudadano de Hong Kong Ji Xiaowei condenado a muerte en el sur de la China por presunto tráfico de drogas, declaró en la vista de apelación que había confesado por que la pdlicía lo torturó al interrogarle. El tribunal de apelación no tuvo en cuenta esta declaración y confirmó la sentencia de muerte, que fue ejecutada el 18 de julio de 1998.
Como puede apreciarse, se trataría de casos lamentables que merecen la más firme condena, pero no dejan de ser situaciones aisladas que ocurren en casi todos los países y que revelan la imposibilidad de desterrar los delitos que cometen los custodios contra las personas a quienes el Estado les encomendó la protección y cuidado. Perono puede inferirse de estos informes que existe una generalización de estos hechos en un país de unos mil trescientos millones de habitantes (dato obtenido del anuario "El estado del mundo", ediciones Akal S.A., Madrid, 1998, páginas 130 y sstes.)
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Año: 2001, CSJN Fallos: 324:2612
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