pervisar la aplicación de las leyes, artículo 129 del corpus citado-, ejercen sus poderes y autoridades con independencia, sin admitir la injerencia de ningún ente administrativo, organización social oindividuo artículos 126 y 131 de esa Ley Fundamental).
En otro aspecto de su análisis, el juez sostiene que no consta resolución alguna en el sentido de decisión fundada en los términos del artículo 123 del Código Procesal Penal de la Nación, suscripta por un funcionario judicial. Ahora bien, la norma en estudio dice: "resolución judicial", y tal concepto lo debemos interpretar, a mi juicio, en sentido amplio, según lo permita la resistencia semántica del texto, sin restringir el precepto mediante la aplicación denormasinternas ajenasa la materia.
En efecto, por un lado, el término resolución, de acuerdo al Diccionario de la Real Academia Española, en su cuarta acepción, significa un decreto, providencia, auto o fallo de autoridad gubernativa o judicial. Es decir que comprende tanto las decisiones fundadas como las nofundadas. Y por otrolado, el adjetivo judicial, según la obra citada, implica tanto locorrespondiente al juicio, a la administración dejusticaoalajudicatura. Y juicio admite, en su acepción forense, tanto los procesos administrativos como los judiciales.
Esta breve incursión léxica demuestra que no podemos restringir la interpretación del requisito de resolución judicial, en el marco de este proceso de extradición, como el de un auto o sentencia dictados por un tribunal integrante de determinado poder del Estado.
Por otro lado, esta interpretación nos exime de efectuar críticas adversas a las instituciones de una nación soberana. Basta saber que se cumplieron las leyes de esa República Popular, en un marco de separación de poder es que el trato mutuo impide juzgar.
Y tanto concurre este juego de poder es y funciones en esa Nación, que el artículo 15 dela Constitución establece que (al tratar los casos criminales, los tribunales populares, las fiscalías populares y los organismos de seguridad pública deben dividirse el trabajo y la responsabilidad, coordinar entre sí sus esfuerzos y efectuar un control mutuo para asegurar la aplicación justa y efectiva de las leyes.
A mayor abundamiento, corresponde decir que el concepto de soberanía interior comprende el derecho del Estado de adoptar libre
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Año: 2001, CSJN Fallos: 324:2609
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