2?) Que se imputó a los encartados, sobre la base de la existencia de negligencia, imprudencia e impericia, no haber adoptado las precauciones inherentesal artede curar, circunstancia que habría constituido el nexo causal entre el resultado fatal y la mencionada desatención.
3?) Que los recurrentes tacharon de arbitrario el fallo del tribunal a quo y afirmaron que conculcaba las garantías constitucionales dela defensa en juicio, el debido proceso y la igualdad ante la ley.
En tal sentido alegaron quela sentencia en cuestión no estaba fundada en correspondencia con los hechos probados, no era una derivación del derecho vigente y había sido sustentada con afirmaciones dogmáticas, motivo por el cual tenía fundamento sólo aparente.
4°) Que esta Corte tiene dicho reiteradamente que tanto la apreciación de las pruebas como la interpretación y aplicación de las normas de derecho procesal constituyen, por vía de principio, facultades delos jueces de la causa y no son susceptibles de revisión en la instancia extraordinaria (Fallos: 264:301 ; 292:564 ; 301:909 , entre muchos).
5) Que, sin embargo, esta regla no es óbice para que el Tribunal conozca en los casos cuyas particularidades hacen excepción a ella con base en la doctrina dela arbitrariedad, toda vez que con ésta setiende aresguardar la garantía dela defensa en juicio y del debido proceso, al exigir quelas sentencias constituyan una derivación razonada del derecho vigente con aplicación a las circunstancias comprobadas de la causa (Fallos: 297:100 ; 311:948 y 2402).
6?) Que el presente es uno de esos casos, pues en la sentencia impugnada voto de la mayor ía—la cámara condenó a los encausados sin discriminar las conductas reprochadas ni determinar la responsabilidad que lecupoa cada uno de ellos en el hecho, y se limitóa establecer tales circunstancias de manera genérica, sin haber analizado esos extremos desde la perspectiva de cuáles eran efectivamente las obligaciones a cargo de cada uno en el propio marco de acción, ya sea quelas hubieran asumido en forma voluntaria obien que lefueran impuestas reglamentariamente. Ello es así pues, sólo una vez conocido el alcance exacto de aquéllas, sería posible formular un juicio dereproche basado en su eventual incumplimiento culposo (Fallos: 317:1854 ).
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Año: 2001, CSJN Fallos: 324:2147
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