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Fallos: 323:413 de la CSJN Argentina - Año: 2000

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Eo 413 LIDIA EDEL EDITH MONTERO v. DIRECCION NACIONAL De VIALIDAD RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas locales de procedimientos. Costas y honorarios.

Es admisible el recurso extraordinario deducido contra la sentencia que desestimó una quita en los honorarios reclamados si, con menoscabo de garantías constitucionales, lo resuelto no constituye derivación razonada del derecho vigente con aplicación a las circunstancias comprobadas de la causa, RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Apartamiento de constancias de la causa.

Es arbitraria la sentencia que, al desestimar una quita en los honorarios reclamados —por entender que la intención de renunciar no debía presumirse y que debían ser interpretados restrictivamente los actos que indujeran a demostrarla— se apartó de las constancias de la causa y decidió hechos no controvertidos, sin pronunciarse sobre la cuestión que en verdad se debatía, que exigía dilucidar si la retractación había sido eficaz para alterar los alcances de la renuncia.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias, Procedencia del recurso. Defectos en la fundamentación normativa.

Es descalificable el pronunciamiento que, al desestimar una quita en los . honorarios reclamados, y sin tener en cuenta que la eficacia de la retractación dependía de que hubiera sido realizada en forma oportuna, omitió examinar la cuestión a la luz de lo dispuesto en el art. 875 del Código Civil, a fin de indagar si la renuncia previa había sido aceptada al momento en que la retractación fue practicada.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales, Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Falta de fundamentación suficiente.

Es arbitraria la sentencia que desestimó una quita en los honorarios reclamados toda vez que, en desmedro de una adecuada hermenéutica de las normas en juego y de las circunstancias acreditadas en la causa, se sustentó en argumentos sólo aparentes con serio menoscabo de las garantías in vocadas por el recurrente,

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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:413 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-323/pagina-413

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