RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la consideración de extremos conducentes. — - .
Es arbitraria la sentencia que, al condenar al imputado por el delito de venta de estupefacientes sin receta médica, omitió analizar el supuesto error de subsunción, en que éste habría incurrido, a la luz de las reglas del error de prohibición en el plano de la culpabilidad,.a fin de llegar a una conclusión fundada sobre su posible aptitud excusante.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Falta de fundamentación suficiente.
Es arbitraria la sentencia que condenó por el delito de venta de estupefacientes sin receta médica sin fundamentar por qué consideró que el conocimiento por el imputado de la condición de estupefaciente de la medicina vendida habría de ser una circunstancia accidental, irrelevante a los efectos del dolo del delito del art. 8? de la ley 23.737, y no un elemento esencial.
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
—I-
La Cámara Federal de Apelaciones de la ciudad de Mar del Plata revocó la sentencia del Juzgado Federal de Azul en cuanto absolvió a Carlos Joaquín Lucini en orden al delito de venta de estupefacientes sin receta médica (artículo 8 de la ley 23.737), y lo condenó a la pena de tres años de prisión en suspenso, multa de doscientos veinticinco pesos ($ 225) e inhabilitación especial de cinco años para ejercer la profesión de farmacéutico, como autor de ese delito.
Contra ese pronunciamiento la defensa de Lucini interpuso recurso extraordinario, cuya denegatoria motivó la presente queja.
—I-
— Sostiene el recurrente que la sentencia es arbitraria en tanto no se ha visto afectado el bien jurídico protegido por la norma en que se
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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:408
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