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Fallos: 323:3147 de la CSJN Argentina - Año: 2000

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 24 de octubre de 2000.

Vistos los autos: "Distribuidora de Gas Pampeana S.A. c/ Ente Nacional Regulador del Gas —resol. Enargas 19/93—.

Considerando:

Que la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, declaró la nulidad de la resolución 19/93 del Ente Nacional Regulador del Gas, en cuanto había impuesto una multaala demandada por considerarla responsable de la falta de suministro de gas natural a un importante número de usuarios. Contra ese pronunciamientola demandada dedujo recur so extraordinario que fue concedido.

Que el remedio federal interpuesto ha sido adecuadamente tratadopor el señor Procurador General dela Nación en el dicramen obrante a fs. 409/412, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse por razones de brevedad.

Por ello, sedeclara formalmente admisible el recurso extraordinario —con el alcance allí indicado y se confirma la sentencia apelada.

Notifíquese y devuélvase.

JuLIO S. NAZARENO — EDUARDO MoLINÉ O'Connor — CARLos S. FAYr —
AUGUSTO César BeLLuscio — ENRIQue SANTIAGO PETRACCHI — ANTONIO
BOGcGIANO — GuILLERMO A. F. López — Gustavo A. Bosserr — AnoLro ROBERTO VÁzauez.


CARLOS EDUARDO GARCIA BADARACO v. IDA MARIA MAGGI
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentendas arbitrarias. Principios generales.

Si bien incumbe exclusivamente ala Corte, juzgar sobre la existencia o no deun supuesto de arbitrariedad, ello no exime a los órganos judiciales llamados a

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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:3147 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-323/pagina-3147

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