2) Que la ley provincial 3730 del 22 de diciembre de 1937 (publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, según surge de la copia certificada obrante en el sobre de prueba reservada) declaró "expropiables por causa de utilidad pública" los terrenos afectados por la construcción del canal desviador de la cañada Litín al arroyo Tortugas y demás canales secundarios de la red de ese sistema) y autorizó al Poder Ejecutivo para adquirir la superficie restante con destino a esa obra. Como consecuencia de ello, en el año 1942 el presidente de la Dirección General de Hidráulica provincial suscribió —en representación del gobierno de la provincia— cuatro convenios directos con los señores Otto Bantle, Guillermo Bantle, Amelia Bantle de Sievers y Teófilo Mendiguren (por sí y en representación de varios miembros de su familia), mediante los cuales éstos vendían a la provincia sendas fracciones de terreno que representaban un total de algo más de 707 ha. El 10 de julio de 1944 el interventor federal aprobó esos convenios (confr.
copias certificadas y reservadas en secretaría de los mencionados convenios y del decreto 7667/44 aprobatorio) y dos años después la Administración Nacional del Agua autorizó la transferencia a favor del gobierno de la provincia de las sumas destinadas a abonar las expropiaciones (confr. resolución 347/46, cuya copia certificada se encuentra entre la documentación reservada). .
Finalmente, el 21 de agosto de 1947 se labraron las correspondientes escrituras públicas y en los primeros días de septiembre del mismo año se anotaron los títulos en el Registro General de la Provincia de Córdoba con los números de orden 22.689, 22.998, 22.153 y 23.129 confr. copias certificadas de las escrituras y de las inscripciones sobre de prueba reservada; ver también fs. 53/64 de este expediente).
El informe extendido por dicho registro el 22 de setiembre de 1998 demuestra la subsistencia de la inscripción del dominio a nombre del gobierno de dicha provincia (fs. 323/326).
3) Que sobre la base de los títulos mencionados precedentemente, el perito ingeniero confeccionó un croquis en el que pueden apreciarse con claridad las cuatro fracciones de terreno adquiridas por la provincia, identificadas cada una con un color distinto (fs. 328). Cabe señalar que la fracción adquirida a Guillermo Bantle tiene —según el título— una superficie de 16 ha 8258 m? (confr, fs. 63 vta./64 y 325 vta.) y no de 16 ha 858 m? como por error consignó el experto; con esa salvedad, la suma de las cuatro fracciones representa la superficie total consigna
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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:2924
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