323 RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Excesos u omisiones en el pronunciamiento.
Si lo referente a la inclusión de la proporción del sueldo anual complementario en la remuneración a tener en cuenta como base para el cálculo de la indemnización por despido no fue objeto de impugnación en el memorial de agravios, la alzada no podía volver a considerar un aspecto de la cuestión que se hallaba firme (Disidencia de los Dres. Eduardo Moliné O'Connor, Carlos S. Fayt y Guillermo A. F, López). 
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte: . 
—I-
La Sala Civil de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, desestimó el remedio extraordinario del accionante con base en la falta de introducción oportuna del caso federal (v. fs. 142 del expediente principal). Contra dicha resolución, se alza en queja el actor, por razones que, en lo sustantivo, reproducen las expuestas en el principal. Explicita que la cuestión federal se configuró recién con la sentencia de la alzada, que abordó oficiosamente aspectos no introducidos por la contraria, resultando, por ende, sorpresiva e imprevisible para su parte (fs.
37/41 del cuaderno respectivo).
—I-
En lo que aquí interesa, merece resaltarse que la Cámara Federal revocó la decisión de grado que hizo lugar a diferencias en concepto de indemnización por antigiledad (fs. 116/7 del principal, a cuya foliatura aludiré en adelante).
Para así decidir, expuesto brevemente, apreció que no se acreditaron las comisiones con el alcance que le reconoció el juez de mérito; a Jo que añadió que corresponde descontar los rubros que no son remuneratorios, o mensuales, normales y habituales, y que se probó el pago de otros tenidos en cuenta, indebidamente, para el cálculo de la diferencia (fs. 129/31).
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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:2849 
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