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Fallos: 323:2692 de la CSJN Argentina - Año: 2000

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dente el recurso extraordinario y, con el alcance señalado, se confirma la sentencia apelada en cuanto fue materia de recurso. Con costas.

Agréguese la queja al principal. Notifíquese y oportunamente devuél vase. .

ANTONIO BOGGIANO. -
Voto DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON GUSTAVO A. BOssERT Considerando:

1) Que un grupo de padres de alumnos del Colegio Nacional de Monserrat promovió acción de amparo contra la Universidad Nacional de Córdoba a fin de evitar la aprobación de un proyecto de ordenanza destinado a transformarlo en un establecimiento mixto.

El juez de primera instancia hizo lugar parcialmente al amparo y declaró la invalidez de la ordenanza 2/97 sancionada en definitiva el 6 de mayo de 1997 por el Consejo Superior de la citada universidad, sin perjuicio de dejar sentado que la reglamentación existente no impedía la incorporación de estudiantes de sexo femenino en el mencionado colegio.

Apelado el pronunciamiento por ambas partes, la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba lo revocó y desestimó la acción de amparo.

A tal efecto, los vocales que formaron la mayoría del tribunal sostuvieron en sus votos concurrentes que la mencionada resolución 2/97 se enmarcaba dentro de las facultades acordadas por los Estatutos de la Universidad Nacional de Córdoba (arts. 15, inc. 1° y 26) y se encontraba debidamente motivada. Afirmaron, en este sentido, que el control judicial debía ceñirse al examen de la legalidad del acto cuestionado. Expresaron finalmente que las facultades reconocidas por la Ley Federal de Educación a los padres de los estudiantes, invocadas por los recurrentes, no podían afectar el ejercicio de las responsabilidades directivas y docentes o ir en desmedro de las funciones estatales en materia educativa contempladas por la misma ley.

2) Que contra esta sentencia los actores interpusieron el recurso extraordinario cuya denegación origina la presente queja.

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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:2692 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-323/pagina-2692

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