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Fallos: 322:414 de la CSJN Argentina - Año: 1999

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Por su parte, el miembro informante de dicho proyecto, diputado Rodríguez Sañudo, aseveró ante la cámara baja: "Si analizamos nuestra historia constitucional observamos con notable claridad cómo su organización, sus cambios y sus reformas son precedidos por acuerdos de gobernabilidad que, más allá del juicio que merezcan, han servido para construir la unión nacional.

"Esto es así cuando tales acuerdos reflejan el sentir de la necesidad social, se encuentran refrendados por sus auténticos representantes, y cuando contienen el silencio y el grito de cada uno de los argentinos. Sin duda con esas condiciones tendrán el fruto maravilloso de la concordia nacional". "Al.respecto cabe mencionar el Pacto de Cañuelas, que quedó en el intento, pero era posible; el Acuerdo de San Nicolás de los Arroyos; el Pacto de San José de Flores; el acuerdo de 1891 entre Roca y Mitre, e incluso la ley Sáenz Peña que reforma la vida electoral del país producto de un acuerdo entre Roque Sáenz Peña e Hipólito Yrigoyen. Observamos entonces que esos acuerdos encauzan, formalizan y posibilitan las soluciones que la República está pidiendo a cada instante".

"Creo que en ese mismo rango debe inscribirse el acuerdo (habitualmente llamado "Pacto de Olivos") que el 13 de diciembre del corriente año (1993) suscribieron en nombre de los dos partidos mayoritarios del país el señor presidente de la Nación y el señor presidente de la Unión Cívica Radical, que además indudablemente está acompañado por otras importantes fuerzas políticas" (op.

cit., pág. 4111).

El miembro informante agregó: "La metodología adoptada para la determinación de las cuestiones sometidas a revisión ha conducido a plantear en el art. 22 del proyecto las modificaciones incorporadas y dispuestas, y en el art. 3° la habilitación de determinados temas e instituciones a fin de que la Convención Constituyente decida con su debate su incorporación o no a la Constitución Nacional".

"En cada una de estas propuestas subyacen los objetivos que se plasmaron en el documento acuerdo firmado el pasado 13 de diciem bre, Ese informe hizo público que las necesidades urgentes y actuales radican fundamentalmente en la estructura de poder contenida en la segunda parte de la Constitución" (op. cit., pág. 4113).

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Año: 1999, CSJN Fallos: 322:414 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-322/pagina-414

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