ses y las opiniones que dividen a los ciudadanos, actúan como intermediarios entre el gobierno y las fuerzas sociales; y de ellos surgen los que gobiernan, es decir, los que investidos de autoridad por la Constitución y por las leyes, desempeñan las funciones que son la razón de ser del Estado. De ahí que "sistema de partidos y sistema representativo hayan llegado a ser sinónimos" (Maurice Duverger, "Esquisse d'une théorie de la représentation politique", en [evolution du droit public; études offertes á Achillen Mestre, pág. 211, París, 1956).
En consecuencia, declaró el Alto Tribunal que resulta constitucionalmente válido el ejercicio del poder reglamentario al establecer controles gubernamentales, con el objeto de garantizar la pluralidad, la acción y el sometimiento de los partidos a las exigencias básicas del ordenamiento jurídico (Fallos: 235:133 ), y atribuirles la exclusividad de la postulación de candidatos a los cargos públicos.
—IX-
Esa interpretación de la Corte fue expresamente consagrada por el art. 38 de la Constitución Nacional, según el texto introducido por la reforma de 1994, en cuanto dispone que "Los partidos políticos son instituciones fundamentales del sistema democrático" y que "su creación y el ejercicio de sus actividades son libres dentro del respeto a esta Constitución, la que garantiza ...la competencia para la postulación de candidatos a cargos públicos electivos...".
A su vez, la Ley Orgánica de los Partidos Políticos N° 23.298, establece en su art. 2° que "Los partidos son instrumentos necesarios para la formulación y realización de la política nacional, Les incumbe, en forma exclusiva, la nominación de candidatos para cargos públicos electivos".
También corresponde señalar que, de acuerdo con el art. 35 de la mencionada ley, ubicado en el Capítulo III ("De la titularidad de los derechos y poderes partidarios"), "se garantiza a las autoridades constituidas el uso del nombre partidario, el ejercicio de las funciones de gobierno y administración del partido y, en general, el desempeño de todas las actividades inherentes al mismo, de conformidad con esta ley, demás disposiciones legales sobre la materia y la carta orgánica del partido".
Compartir
63Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1999, CSJN Fallos: 322:404
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-322/pagina-404¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 322 Volumen: 1 en el número: 404 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
