cuya copia fue incorporada a fs. 21.547/9), ello había tenido lugar en el mes de agosto de 1992; que tenía conocimiento que tras la separación de Cuenca, su mujer había mantenido su condición de locataria —período en el cual le había sido suspendido el servicio telefónico por falta de pago- y que desconocía todo lo relacionado con los vecinos de la propiedad o con la inquilina anterior (conf. fs. 23.267/68).
Su cónyuge, Esther González de Caputo brindó una versión sustancialmente análoga al prestar declaración testifical afs. 23.269/vta.
y dijo desconocer si Cuenca había tenido algún tipo de inconveniente relacionado con la facturación telefónica de la línea instalada en el domicilio dela calle Emilio Lamarca 955.
227) Que dentro de esta misma línea de investigación, y con el fin deconstatar la presencia del ciudadano de origen palestino identificadopor la S.1.D.E. como Mahmod Sougaiar (a) "Adam" en el restaurant ubicado en la calle Alberti al 1500, conforme la infor mación de inteligencia aportada afs. 17.189/96, el tribunal llevóa cabo diversas medidas de prueba, de las que surge lo siguiente:
No obstante los informes negativos producidos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (conf. fs. 18.405/7); por la Cámara Electoral fs. 18.403/4) y por la Inspección General de Justicia (ver fs. 18.535/40) este Tribunal constató la existencia de un restaurant denominado "Hanan" ubicado en la calle Alberti 1.574 de esta ciudad, frente a una mezquita (conf. informe actuarial de fs. 18.185). Si bien el mismo ya nose encuentra en funcionamiento, se logró dar con el paradero de un vecino del lugar, un ciudadanosirio llamado Medkhaneh Aiman, quien prestó declaración testifical a fs. 23.264/6. Relató allí que sus suegros poseían dos terrenos en la calle Alberti al 1.500 de esta ciudad y que en aquél ubicado en el número 1.574 funcionaba el restaurant "Hanan", cuya propietaria era una mujer llamada Hanan Saba. Refirió también que dicho comercio había dejado de funcionar en el mes de diciembre de 1997 y que en enero del año siguiente había cerrado en forma definitiva, y que mientrasfuncionó, sólo era atendido por los miembros de la familia Saba, quienes también comparecieron antela instrucción.
Bachar Saadeh refirió que sus progenitores habían abierto el restaurant "Hannan" en la calle Alberti 1.574 en 1991 y que había funcionado hasta el día 4 de enero de 1998 por cuanto el locador se había negado a renovar el contrato de alquiler. Que en el mismo se desempeñaban todos los miembros de su familia: su padre, a cargo de la caja,
Compartir
42Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1999, CSJN Fallos: 322:3465
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-322/pagina-3465¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 322 Volumen: 3 en el número: 1183 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
