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Fallos: 322:2384 de la CSJN Argentina - Año: 1999

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men meramente ritual de la prueba producida, obviando considerar que un enfoque global de las contestaciones de demanda y su confrontación con las constancias dela causa, revelaba que las explicaciones de los demandados acerca del despido de la actora eran contradictorias eincoherentes y no encontraban apoyo probatorio (Disidencia de los Dres. Eduardo Moliné O'Connor y Guillermo A. F.

López).


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 5 de octubre de 1999.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Ursini, Paola Cassia e/ Geddes, Gloria y otros", para decidir sobresu procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación motivóla presente queja, esinadmisible (art. 280 del Código Pr ocesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. Hágase saber y, oportunamente, archívese, previa devolución de los autos principales.


EDUARDO MoLINÉ O'Connor (en disidencia) — CArLos S. FAYr — AUGUSTO
César BeLLuscio — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ANTONIO BOGGIANO — GuILLERMO A. F. Lórez (en disidencia) — Gustavo A. BOssert.


DISIDENCIA DEL SEÑOR VICEPRESIDENTE DOCTOR

DON EDUARDO MoLINÉ O'Connor Y DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR
DON GUILLERMO A. F. López Considerando:

1) Que oontrala sentencia dictada por la Sala | dela Cámara Nadonal de Apelaciones del Trabajoque, al confirmar la deprimerainstancia,

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Año: 1999, CSJN Fallos: 322:2384 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-322/pagina-2384

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