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Fallos: 321:512 de la CSJN Argentina - Año: 1998

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512 FALLOS DELA CONTE SUPREMA RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Improcedencia del recurso.

No corresponde hacer lugar al planteo de arbitrariedad que se sustenta en una descripción antojadiza de las circunstancias que dieron lugar a la orden de allanamiento que originó la causa, teniendo en cuenta que el requirente no expuso in extenso los motivos que hacían necesaria la medida, sino que solamente manifestó su sospecha sin expresar, indicar o aportar elementos objetivos que dieran un mínimo de razonabilidad a su juicio (Disi- —.

dencia del Dr. Enrique Santiago Petracchi).

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Domicilio y correspondencia, Por virtud de la garantía de la inviolabilidad del domicilio, una orden de registro sólo puede ser válidamente dictada cuando median elementos objetivos idóneos para fundar una mínima sospecha razonable de que en el lugar podrían encontrarse elementos que probasen la comisión de algún ilícito penal y la mera expresión de la sospecha de un funcionario público no constituye per se esa base objetiva (Disidencia del Dr. Enrique Santiago Petracchi).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Improcedencia del recurso.

Si la solicitud de allanamiento fue una denuncia penal en virtud de las disposiciones de la ley 23.771 y, con ello, la postulación de una hipótesis según la cual, en el local finalmente registrado, podrían encontrarse documentos que acreditaran la comisión de delitos tributarios y previsionales, ante tan evidente y absoluta falta de fundamentación de la petición y de las resoluciones por las que fueron dictadas las medidas, los sintéticos términos del pronunciamiento que declaró su nulidad, resultan una razonable aplicación del derecho vigente a la manifiestas circunstancias probadas de la causa (Disidencia del Dr. Enrique Santiago Petracchi).

DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL Suprema Corte:

—I- .

La Sala "B" de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, previo declarar la nulidad de los autos que ordenaron los allanamientos llevados a cabo en el inmueble de la calle Azcuénaga

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Año: 1998, CSJN Fallos: 321:512 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-321/pagina-512

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