DAÑOS Y PERJUICIOS: Responsabilidad del Estado. Casos varios.
Es responsable el Estado por los daños causados al desprenderse de mercadería sin asumir el perjuicio derivado de la imposibilidad de su reventa, que cargó sobre un particular al que inmediatamente después de habérselos transmitido, le impidió su comercialización por la vía del accionar de otro de sus organismos que invocó al efecto el amparo de la salud general Disidencia de los Dres. Eduardo Moliné O'Connor y Guillermo A.F. López).
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 10 de diciembre de 1998.
Vistos los autos: "Frigorífico Avícola S.A. c/ Estado Nacional — Ministerio de Economía Secretaría de Comercio Interior s/ ordinario".
Considerando:
19) Que la firma Frigorífico Avícola S.A. demandó al Estado Nacional con el fin de que se lo condenara al pago de los daños y perjuicios, lucro cesante y daño emergente, que aquélla dice haber sufrido como consecuencia de un incumplimiento contractual.
Según el relato efectuado por la actora, ésta es una empresa frigorífica especialmente dedicada a la comercialización de pollos, y el día 16 de marzo de 1988, "adquirió al Gobierno Nacional... 500 toneladas de pollo congelado importado de Hungría, para ser comercializado en el mercado interno nacional, episodio célebremente conocido como 'pollos de Mazzorín", que [por] su publicidad no merece mayores comentarios" (fs. 111/111 vta.).
Aduce haber cumplido todas las obligaciones que emergen del acta N? 3/88 suscripta por la actora y el entonces secretario de Comercio Interior (Ricardo Mazzorín) mediante la cual se formalizó "la venta de esta mercadería".
En cambio, a su juicio, el "Gobierno Nacional cumplió parcialmente su obligación, ya que por intermedio [del Frigorífico Platense y del
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Año: 1998, CSJN Fallos: 321:3346
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