Ese estándar constitucional, reafirmado por el Tribunal en su fallo ¿n re: 319:3428 , determina que, cuando los que piden resarcimiento por falsedades difamatorias son funcionarios o personajes públicos, debe probarse que la información (por hipótesis falsa) "fue efectuada a sabiendas de su falsedad o con total despreocupación acerca de tal circunstancia". Cuando se trata, en cambio, de simples particulares que reclaman daños y perjuicios por noticias de carácter difamatorio, "basta la negligencia precipitada o "simple culpa" (considerando 9 de "Ramos").
3?) Que los recurrentes extienden indebidamente el alcance de la doctrina al pretender que se exija en el caso la prueba de la "total despreocupación" a que aquélla alude. En efecto, puesto que resulta admitido por todos que tanto el actor cuanto su padre eran sólo simples ciudadanos, basta en el sub lite con la acreditación de la "simple culpa", aun cuando se considere que el tema sobre el que versaba la nota era de interés público o general. Este es, también, el criterio de la jurisprudencia norteamericana (conf. "Gertz vs. Robert Welch, Inc.", 418, US, 323, año 1974).
4?) Que la mencionada interpretación de la doctrina expuesta en "Ramos" conlleva el rechazo del agravio de los apelantes.
Por ello, se declara formalmente admisible con los alcances indicados el recurso interpuesto y se confirma la sentencia, con costas.
Reintégrese el depósito. Hágase saber, agréguese la queja el principal y, oportunamente, devuélvase.
ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI.
Voto DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON ANTONIO BOGGIANO Considerando:
Que el suscripto coincide con los considerandos 1° a 6° del voto de la mayoría.
79) Que en autos existe cuestión federal bastante, en los términos del art. 14 de la ley 48, inc. 3°, ya que si bien es cierto que se trata de
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Año: 1998, CSJN Fallos: 321:3187
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