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Fallos: 321:3147 de la CSJN Argentina - Año: 1998

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ELENA ELVIRA FURNO DE GRECA v. TELECOM ARGENTINA
STET - FRANCE TELECOM S.A.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Principios generales.

Es inadmisible el recurso extraordinario contra la sentencia que rechazó la acción de amparo interpuesta a fin de que la empresa telefónica anule una factura (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Concepto y generalidades. .

La sentencia que rechaza el amparo es asimilable a definitiva, a los efectos del recurso extraordinario, cuando se demuestra que lo decidido causa un agravio de imposible o muy dificultosa reparación ulterior (Voto del Dr.

Enrique Santiago Petracchi).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Resolución. Límites del pronunciamiento.

Los agravios fundados en el inc. 3° del art. 14 de la ley 48 no pueden ser estudiados en esta instancia si el recurso extraordinario sólo fue concedido por arbitrariedad y se omitió interponer recurso de queja sobre aquellos puntos (Voto del Dr. Enrique Santiago Petracchi).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Improcedencia del recurso.

No es admisible el recurso extraordinario cuando se funda en la interpretación de una pericia, si más allá del acierto o error de la lectura que la cámara hizo de ella, no se observa arbitrariedad. y lo que es importante subrayar, no fue cuestionada por el apelante (Voto del Dr. Enrique Santiago Petracchi). .


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 24 de noviembre de 1998.

Vistos los autos: "Furno de Greca, Elena Elvira c/ Telecom Argentina Stet - France Telecom S.A. s/ acción de amparo".

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Año: 1998, CSJN Fallos: 321:3147 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-321/pagina-3147

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